Un grupo de vecinos de la ciudad convocó a realizar una movilización
en frente de Edecom en motivo a la problemática de las picadas y los
moteros de Río Cuarto.
La marcha fue convocada a través de las redes sociales, y el mensaje dice: “Los esperamos, se organiza una marcha para este jueves 30 de abril a las 11 (debido a ser horario de trabajo fue reprogramado para las 13.30 hs), con motivo a la problemática de las picadas y los moteros en Río cuarto. Las autoridades no pueden hacer nada ante este problema (así lo confirmó el Secretario de Gobierno Aón). Recuerden que lo hacemos por la seguridad de todos y en contra de la delincuencia”.
“Forajidos”
“No son motoqueros, son forajidos en moto” Lo dijo en diálogo con Telediario el comisario mayor Oscar Zuin, jefe de la Departamental, quien participó de la reunión del comité de Seguridad en el que se debatió la problemática de las picadas.
El jefe policial dijo que estarían identificados tres presuntos autores de la agresión en el Corsódromo, aunque aún no hay imputados y podría haber más implicados.
“La naturaleza del motoquero es diferente. Quienes realizan picadas son forajidos en una moto que circulan sin papeles ni medidas de seguridad”, aseveró Zuin.
Añadió que “todos los domingos se hacen operativos en diferentes lugares y se apunta al delito, porque el tránsito normal lo debe evaluar el municipio”.
“Para muchos, la idea es encerrarlos a todos y sujetarlos para que no se escapen. Pero, sabemos que una estampida puede generar consecuencias mayores. Hay un artículo penal que sanciona las picadas. Acá tenemos que poner el esfuerzo todos, pero no estamos ante una situación descontrolada”, consideró.
Qué dice la ley
Código de Faltas
Artículo 72.- SERÁN sancionados con multa equivalente hasta el importe de sesenta Unidades de Multa (60 UM) y arresto de hasta treinta (30) días, los conductores que disputaren en la vía pública carreras de velocidad, regularidad o destreza, con vehículos automotores, motocicletas y/o bicicletas, sin que mediare permiso previo de autoridad competente.
Código Penal
Artículo 193 bis
Art. 193 bis: “Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.
La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin”.
Fuente:Telediariodigital
La marcha fue convocada a través de las redes sociales, y el mensaje dice: “Los esperamos, se organiza una marcha para este jueves 30 de abril a las 11 (debido a ser horario de trabajo fue reprogramado para las 13.30 hs), con motivo a la problemática de las picadas y los moteros en Río cuarto. Las autoridades no pueden hacer nada ante este problema (así lo confirmó el Secretario de Gobierno Aón). Recuerden que lo hacemos por la seguridad de todos y en contra de la delincuencia”.
“Forajidos”
“No son motoqueros, son forajidos en moto” Lo dijo en diálogo con Telediario el comisario mayor Oscar Zuin, jefe de la Departamental, quien participó de la reunión del comité de Seguridad en el que se debatió la problemática de las picadas.
El jefe policial dijo que estarían identificados tres presuntos autores de la agresión en el Corsódromo, aunque aún no hay imputados y podría haber más implicados.
“La naturaleza del motoquero es diferente. Quienes realizan picadas son forajidos en una moto que circulan sin papeles ni medidas de seguridad”, aseveró Zuin.
Añadió que “todos los domingos se hacen operativos en diferentes lugares y se apunta al delito, porque el tránsito normal lo debe evaluar el municipio”.
“Para muchos, la idea es encerrarlos a todos y sujetarlos para que no se escapen. Pero, sabemos que una estampida puede generar consecuencias mayores. Hay un artículo penal que sanciona las picadas. Acá tenemos que poner el esfuerzo todos, pero no estamos ante una situación descontrolada”, consideró.
Qué dice la ley
Código de Faltas
Artículo 72.- SERÁN sancionados con multa equivalente hasta el importe de sesenta Unidades de Multa (60 UM) y arresto de hasta treinta (30) días, los conductores que disputaren en la vía pública carreras de velocidad, regularidad o destreza, con vehículos automotores, motocicletas y/o bicicletas, sin que mediare permiso previo de autoridad competente.
Código Penal
Artículo 193 bis
Art. 193 bis: “Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.
La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin”.
Fuente:Telediariodigital
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