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9 abr 2015

Casos Dalmasso y Flores: bases de una denuncia en contra de fiscales de Río Cuarto

Denuncian a Guzmán y Di Santo por inacción en dos causas emblemáticas

Por Alejandro Fara

El titular del organismo de la Universidad Nacional de Río Cuarto los acusó del delito de “omisión de represión de los delincuentes” por la manera en que llevaron los casos Nora Dalmasso y Ale Flores 
 
El responsable del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Río Cuarto, Hernán Vaca Narvaja, presentó ayer en los Tribunales locales una denuncia penal contra los fiscales de instrucción que tienen a su cargo dos de las causas más emblemáticas para los riocuartenses como lo son los casos Ale Flores y Nora Dalmasso.

La denuncia cuestionó la labor de los fiscales Javier Di Santo y Walter Guzmán, a quienes Vaca Narvaja les atribuye la figura penal de “omisión de represión de los delincuentes” -contemplada en el Artículo 274 del Código Penal- por no haber tomado en los últimos tiempos medida alguna que saque de la parálisis a estas dos causas.

“De los casos judiciales más resonantes de la ciudad, el único que tuvo un avance concreto fue el de la desaparición de Nicolás Sabena pero por mérito de la madre de la víctima, Rosa Sabena, no por la iniciativa de algún fiscal. Es más, la causa se reactivó después de que Guzmán diera un paso al costado; en estas otras dos causas por los muertes de Nora Dalmaso y Ale Flores es evidente la inacción de los fiscales, que no han mostrado intención alguna de investigarlos”, dijo el titular del Observatorio, en diálogo con PUNTAL.

La causa Dalmasso, paralizada


La denuncia fue presentada en la fiscalía primera, a cargo del propio Guzmán, porque es la que se encontraba de turno. Pero por la incompatibilidad que existe para que ese funcionario se ocupe de darle curso, seguramente recaerá en manos de Julio Rivero o Fernando Moine.

Señala que desde noviembre de 2006, el fiscal Javier Di Santo estuvo al frente de la investigación del asesinato de Nora Raquel Dalmasso, “arrojando su actuación un saldo totalmente negativo, jalonado por un direccionamiento errático que determinó que asumiera distintas hipótesis criminales” que provocaron imputaciones desacertadas como las del abogado Rafael Magnasco, el “perejil” Gastón Zárate y el propio hijo de la víctima, Facundo Macarrón.

Uno a uno, los imputados fueron desincriminados. Incluso Facundo, que en un primer momento estuvo sospechado porque los estudios genéticos revelaron huellas del linaje Macarrón en la escena del crimen.

El Observatorio de Derechos Humanos recordó que los informes posteriores que llegaron del FBI desvincularon a Facundo Macarrón “al dar cuenta científicamente de que los rastros biológicos hallados en la escena del crimen y el cuerpo de la víctimano no le pertenecían a él sino a su padre Marcelo Macarrón: efectivamente, el ADN del viudo estaba en las zonas y elementos involucrados en el homicidio, especialmente las sábanas de la cama donde fue hallada la víctima, en su cuerpo y zonas íntimas y en el cinto de la bata con el que se habría concretado el estrangulamiento”, describe la denuncia.

“Esos datos que ponen de manifiesto la desorientación que caracterizó a la investigación, quizás expliquen el colapso de la causa, ya que como el propio fiscal lo reconoció, hace años que no incorpora ningún elemento nuevo”, concluye.

Ale Flores, una herida abierta


La presentación del responsable del Observatorio de la UNRC alcanzó también al fiscal Walter Guzmán, que desde fines del año pasado tiene en sus manos la obligación de ampliar la investigación del homicidio de Ale Flores, en medio de una fuerte tormenta, en el año 1991.

La orden de continuar la investigación para determinar la verdad de lo sucedido con el pequeño partió del máximo tribunal de Justicia del país, la Corte Suprema, en diciembre de 2014, pero la denuncia sostiene que “la falta de trascendencia pública de posibles medidas adoptadas desde entonces, ante la gravedad del caso y la calidad de funcionarios policiales de los involucrados hace suponer que las indagaciones todavía no se llevaron a cabo”, lo que lleva al denunciante a colegir que no existe por parte de Guzmán “la más mínima intención de aplicar la ley ni obedecer el mandato de la Corte Suprema de Justicia”.

Este fuerte cuestionamiento al desempeño de Guzmán se suma a la ofensiva judicial que lleva adelante Rosa Sabena en el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, quien propició ante la oficina de Asuntos Internos y en la Fiscalía General que se le inicie al fiscal un jury de enjuiciamiento.

La madre de Nicolás señaló desde el inicio mismo de la investigación que Guzmán no mostraba interés alguno en avanzar con la causa por la desapairción de su hijo y que entorpeció los procedimientos al permitir que se llamara telefónicamente a los integrantes de la familia Vargas Parra antes de que se hicieran los allanamientos en la quinta donde estuvo el joven hasta que se perdió todo contacto de él.

Qué dice el artículo 274


La denuncia que presentó el Observatorio de Derechos Humanos invocó el artículo 274 del Código Penal que señala lo siguiente: “el funcionario público que, faltando a la obligación de su cargo, dejare de promover la persecución y represión de los delincuentes, será reprimido con inhabilitación absoluta de seis meses a dos años, a menos que pruebe que su omisión provino de un inconveniente insuperable”.

Fuente: Puntal 09.04.15

 

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