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31 ago 2015

Boleta única complementaria: una opinión a su favor

Razones para aprobar la boleta única complementaria

Por Silvia Mercado

Los escandalosos comicios en Tucumán no solo han puesto en foco las prácticas clientelistas en muchas provincias, sino también la escasa legislación sobre delitos electorales. Una sencilla propuesta podría traer transparencia
Es cuanto menos insólito que en nuestra legislación no esté claramente tipificado el fraude. Se habla de "faltas" electorales y "delitos" electorales, se especifican penas, todas excarcelables. Por ejemplo, por el artículo 139 del Código Electoral Nacional se penará con prisión de uno a tres años a quien impida ejercer el derecho al voto con violencia, a quien obligue a votar de una manera determinada, a quien vote más de una vez en la misma elección, a quien destruya o sustituya urnas, a quien destruya o sustituya boletas de sufragio, a quien oculte boletas de sufragio, a quien falsifique actas de escrutinio, a quien falsee el resultado del escrutinio. 

Pero, ¿en un comicio donde se cometen todos los delitos electorales enumerados, qué decisión debe tomar el tribunal electoral? ¿cuántos delitos deben comprobarse para que se imponga la anulación de un comicio? ¿si se comprueba que una persona o un grupo de personas perpetró varios delitos electorales y en forma sistémica, debe ir a la cárcel aunque cada una de las faltas sea excarcelable?

Siendo el acto de votar el momento más sagrado de una democracia, cuando los ciudadanos se convierten en electores directos que realizan la voluntad popular, es llamativa la poca precisión de la ley argentina y la ingenuidad de la sociedad frente al comicio que, hasta aquí, aceptó mansamente el resultado de los escrutinios, convencida de que había hablado la voz del pueblo.

El clientelismo no está penado por la ley electoral. Nada se dice del acarreo de votantes, ni de la distribución de dádivas a los electores. Genéricamente se habla de pena a quien obligue a votar de determinada forma, pero el Tribunal Electoral en Tucumán dictaminó en el 2013 que repartir bolsones no era delito.Tampoco está tipificada la compra de votos, algo que estos días estuvo a la vista de todos con el caso de un sobre que fue introducido con una boleta y 300 pesos, seguramente porque el elector no se dio cuenta que allí le habían dejado ese dinero. 

En cambio, sí tiene una pena de inhabilitación de uno a diez años para el ejercicio de cargos públicos la publicidad de actos de gobierno durante la campaña, un delito manifiestamente ignorado por la justicia electoral nacional casi a diario. Ayer nomás, el candidato a presidente del FPV, Daniel Scioli, participó de la inauguración de una estación de tren en la Ciudad de Buenos Aires, y nadie dijo nada.

Aunque el menos respetuoso de la ley electoral parece ser el mismísimo director Nacional Electoral, Alejandro Tulio, que sabiendo que la legislación es laxa, llegó a declarar por estos días que "la quema de urnas no constituye delito", lo que es falso, ya que es cierto que no se habla de "quema" pero si de "destrucción" que, a estos fines, son sinónimos.

 ¿Pero cómo llegamos a este estado de cosas? Durante años supimos de estas prácticas, por supuesto. Aceptamos que se cometiera un fraude de "cuatro o cinco puntos" como un porcentaje inevitable. En el mundo político se instaló la idea de que "hay que ganar por una diferencia impactante, porque si la diferencia es de pocos puntos, te roban la elección". Se naturalizó el fraude y sus circunstancias, y hasta se convirtió en algo gracioso observar la distribución de boletas en el conurbano bonaerense, donde los intendentes aseguran primero su propia elección y después negocian con candidatos a presidente y a gobernador un porcentaje a cambio de vaya a saber qué cosa. La excusa es que "no se trata de un cambio de resultado", por lo tanto, el fraude fue tolerado como un ejercicio habitual de la vida en democracia.

Por cierto, no es la primera vez que en la historia argentina se pasa de la natural aceptación del fraude electoral al cambio. Cuando en 1912 Roque Saénz Peña dictó la ley que impuso el voto universal, secreto y obligatorio, que precisó cómo debía ser el cuarto oscuro (sin ventanas por donde pudieran ingresar elementos que fraguaran el acto), se le abrió la puerta a un nuevo proceso histórico, que llevó a Hipólito Yrigoyen al gobierno en 1916. Es verdad que la democracia plena sólo duró hasta 1930, cuando el golpe del general José Félix Uriburu dio inicio a la llamada Década Infame, signada por el "fraude patriótico".

En efecto, tanto en 1931 como en 1937 se votó bajo ese peculiar sistema, donde ganaron los candidatos de la Concordancia contra los radicales, porque los punteros conservadores abría las urnas en el correo y reemplazaban los votos de la oposición, no permitían que las boletas de la UCR ingresen al cuarto oscuro o, directamente, echaban con violencia a los fiscales radicales.
 
Insólitamente, los conservadores cordobeses se negaron a practicar el fraude, por eso en Córdoba triunfó Amadeo Sabattini. Tampoco había fraude en Capital Federal y Tucumán, otros dos distritos donde ganó la fórmula Marcelo T. de Alvear/Enrique Mosca. Ayer, como hoy, la provincia de Buenos Aires encabezaba los esfuerzos por burlar la voluntad popular, con prohombres del fraude patriótico como fueron el cinco veces intendente de Avellaneda, Alberto Barceló, y su pistolero amigo, Juan Ruggiero "Ruggierito".

El fraude está grabado en la memoria histórica de los argentinos como las etapas más negras dentro de períodos democráticos. Por eso algunas organizaciones no gubernamentales dedicadas al tema se cuidan en pronunciar esa palabra, de espantosas connotaciones. No todas son iguales. En particular, la Red Ser Fiscal dice que "no le tiene miedo a hablar de fraude" y presentó ante la Cámara y la Dirección Nacional Electoral la propuesta de Boleta Unica Complementaria (BUC) para las elecciones nacionales del 25 de octubre, a la que definió como "la única alternativa viable para resolver las irregularidades electorales denunciadas".

Se trata del mismo sistema que ya se aplica con los electores presos o residentes en el extranjero, por lo que la implementación de la BUC sería una ampliación y complementación del sistema ya existente y "no una modificación que en tiempos electorales podría resultar de difícil implementación". No se resolverán todos los peligros del fraude, como la adulteración de actas que se está viendo en el escrutinio definitivo en Tucumán, pero apunta a resolver el 74 por ciento de las denuncias recibidas durante las elecciones primarias, que fueron por faltante o robos de boletas durante el acto eleccionario. Ademas, la BUC tiene otra ventaja, y es que solo requiere una resolución de la Cámara Nacional Electoral, es decir, no requiere tratamiento en el Congreso. 

Difícil será negarse a esta propuesta definida por la misma Red Ser Fiscal como "concreta, realista y viable". La oposición la avala y los sectores más democráticos del oficialismo no pondrán objeción. Si se logra, las elecciones de octubre gozarán de la imprescindible legitimidad que exige el proceso que se iniciará el 10 de diciembre.

Fuente: Infobae 30.08.15











 

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