Lo dispuso este miércoles la Sala II. Se investiga al vicepresidente de la Nación por haber transferido irregularmente un automóvil a su nombre mediante documentación falsa
Es en virtud de lo expuesto que corresponde y por ello este
Tribunal RESUELVE:
I. NO HACER LUGAR a las nulidades deducidas por los
Dres. Goyeneche Argibay, Grossman y Magram, de conformidad con los
argumentos desarrollados en el Considerando IV, apartados a y b, de este
decisorio.
II. CONFIRMAR el punto dispositivo I de la resolución
que en fotocopias se encuentra agregada a fs. 1/40 de esta incidencia en cuanto
DISPONE el PROCESAMIENTO de María Graciela Taboada de Piñero en
orden a su responsabilidad en el hecho prima facie calificado como infracción al
artículo 293, agravado por el artículo 298 del Código Penal.
III. CONFIRMAR el punto dispositivo III de la resolución
que en fotocopias se encuentra agregada a fs. 1/40 de esta incidencia en cuanto
DISPONE el PROCESAMIENTO de Amado Boudou en orden a su
responsabilidad en el hecho prima facie calificado como infracción al artículo
293 del Código Penal.
IV. CONFIRMAR los puntos dispositivos V y VI de la
resolución que en fotocopias se encuentra agregada a fs. 1/40 de esta incidencia
en cuanto DISPONE el PROCESAMIENTO de Agustina Seguin en orden a su
responsabilidad en el hecho prima facie calificado como infracción al artículo
293 de Código Penal, y MANDA trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la
suma de diez mil pesos.
V. ENCOMENDAR al Sr. Juez de grado que grado que proceda
conforme lo señalado en el Considerando VIII de la presente.
Fuente: Centro de Inofrmación Judicial -1de octubre de 2014.
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