Legislador Provincial.
Vicepresidente de Bloque
del Frente Cívico.
La “avivada” del poder político de permitir que una
empresa avance sobre hechos consumados, desconociendo la
legislación vigente y a los cordobeses que protestan, es el
origen de este conflicto que sólo se encauzará si los
gobiernos provincial y municipal comienzan a cumplir con la
ley.
Cuesta creer que el gobernador José Manuel de la Sota, el intendente de Córdoba Ramón Javier Mestre y el intendente de Malvinas Argentinas Daniel Arzani desconozcan que la regulación de los usos de suelo para el área metropolitana de Córdoba (de acuerdo con la Ley provincial 9841) establece que el predio donde se localizará la planta de la firma Monsanto se encuentra en un área que debe ser destinada a actividades agropecuarias no contaminantes.
También cuesta creer que desconozcan lo que establece la Ley General de Ambiente de la Nación (número 25.675) en lo referido a los procedimientos que se fijan con carácter obligatorio antes de autorizar el inicio de una obra de este tipo y que desconozcan en qué etapa se encuentran los estudios de impacto ambiental: “Se han realizado todos los estudios de Impacto Ambiental” (gobernador De la Sota/intendente Mestre). O ignoren sus obligaciones: “No vamos a hacer consulta popular para dirimir el conflicto” (intendente Daniel Arzani).
La Ley General de Ambiente es una ley de presupuestos mínimos. No puede haber leyes, ordenanzas ni interpretaciones o reglamentaciones que reconozcan menos obligaciones para la autoridad política o menos controles para la actividad empresaria, sea estatal o privada, o menos derechos a la comunidad que aquellos fijados por dicha ley.
En su artículo 3, la ley 25.675 establece que “la presente ley regirá en todo el territorio de la Nación, sus disposiciones son de orden público y se utilizarán para la interpretación y aplicación de la legislación específica de la materia (...)”.
En lo concerniente a la construcción de una planta como la de la empresa Monsanto la legislación vigente es clara y no deja lugar a dudas.
En su artículo 11 determina: “Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución”.
En su artículo 20 dispone que “las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente”.
Y aclara: “La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública”.
Finalmente, el artículo 21 ordena: “La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados”.
Nada de esto ha ocurrido. Como si las leyes existieran para ser violadas, el intendente Arzani otorgó a la empresa Monsanto Argentina SAIC la “Pre-Factibilidad de la Obra”, y el Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas, la autorización para comenzar con las “tareas preliminares” sin que exista evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución (artículo 11 de la Ley 25.675); ni consulta o audiencia pública como instancia obligatoria (artículo 20), ni haber asegurado la participación ciudadana en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados (artículo 21).
La Intendencia y el Ministerio de Ambiente sostienen que se autorizó la construcción de la planta pero no su producción. Pero si el estudio de impacto ambiental determina que en esa zona y en esa planta no se puede producir lo que se produce, ¿qué van a hacer? ¿Demoler lo que construyeron?
En este incumplimiento de la legislación vigente debe buscarse el origen del miedo, la bronca y la indignación de muchos cordobeses, algunos que lo expresan protestando y otros que, por temor a represalias del intendente Arzani, no lo hacen.
Fuente: Puntal 5 de octubre 2013
Cuesta creer que el gobernador José Manuel de la Sota, el intendente de Córdoba Ramón Javier Mestre y el intendente de Malvinas Argentinas Daniel Arzani desconozcan que la regulación de los usos de suelo para el área metropolitana de Córdoba (de acuerdo con la Ley provincial 9841) establece que el predio donde se localizará la planta de la firma Monsanto se encuentra en un área que debe ser destinada a actividades agropecuarias no contaminantes.
También cuesta creer que desconozcan lo que establece la Ley General de Ambiente de la Nación (número 25.675) en lo referido a los procedimientos que se fijan con carácter obligatorio antes de autorizar el inicio de una obra de este tipo y que desconozcan en qué etapa se encuentran los estudios de impacto ambiental: “Se han realizado todos los estudios de Impacto Ambiental” (gobernador De la Sota/intendente Mestre). O ignoren sus obligaciones: “No vamos a hacer consulta popular para dirimir el conflicto” (intendente Daniel Arzani).
La Ley General de Ambiente es una ley de presupuestos mínimos. No puede haber leyes, ordenanzas ni interpretaciones o reglamentaciones que reconozcan menos obligaciones para la autoridad política o menos controles para la actividad empresaria, sea estatal o privada, o menos derechos a la comunidad que aquellos fijados por dicha ley.
En su artículo 3, la ley 25.675 establece que “la presente ley regirá en todo el territorio de la Nación, sus disposiciones son de orden público y se utilizarán para la interpretación y aplicación de la legislación específica de la materia (...)”.
En lo concerniente a la construcción de una planta como la de la empresa Monsanto la legislación vigente es clara y no deja lugar a dudas.
En su artículo 11 determina: “Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución”.
En su artículo 20 dispone que “las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente”.
Y aclara: “La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública”.
Finalmente, el artículo 21 ordena: “La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados”.
Nada de esto ha ocurrido. Como si las leyes existieran para ser violadas, el intendente Arzani otorgó a la empresa Monsanto Argentina SAIC la “Pre-Factibilidad de la Obra”, y el Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas, la autorización para comenzar con las “tareas preliminares” sin que exista evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución (artículo 11 de la Ley 25.675); ni consulta o audiencia pública como instancia obligatoria (artículo 20), ni haber asegurado la participación ciudadana en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados (artículo 21).
La Intendencia y el Ministerio de Ambiente sostienen que se autorizó la construcción de la planta pero no su producción. Pero si el estudio de impacto ambiental determina que en esa zona y en esa planta no se puede producir lo que se produce, ¿qué van a hacer? ¿Demoler lo que construyeron?
En este incumplimiento de la legislación vigente debe buscarse el origen del miedo, la bronca y la indignación de muchos cordobeses, algunos que lo expresan protestando y otros que, por temor a represalias del intendente Arzani, no lo hacen.
Fuente: Puntal 5 de octubre 2013
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