Hace un mes que resumimos las causas que están en la Justicia comprometiendo a funcionarios locales, y como el desarrollo de cada una tiene un especial interés social, exponemos a continuación cómo siguen algunas de ellas, para no perder un capítulo de estos culebrones que nos brinda el diario vivir de la ciudad.
Veamos y empecemos por la causa de “los criollitos”. En la misma, el jefe del Bloque de Concejales del oficialismo Gustavo Segre, dependía de la decisión que adoptara el Juez de Control Daniel Muñoz quien dispondría o no su falta de mérito ante la imputación de adulteración de una factura en la que un tramposo 3 se adelantó a la cifra original de 12 pesos y convirtió la suma en 312 pesos que fueron la piedra del escándalo. La duda capital de quien fue el autor de esta obra de arte, no ha sido develada, pero… El juez dispuso la “falta de mérito” con lo que no se eleva la causa a juicio, pero tampoco le valió para el sobreseimiento. O sea que deben seguir investigando. Conclusión: Segre y su secretaria Abasolo, siguen imputados. Ante esta alternativa el fiscal Rivero, no se rinde y apeló la decisión, ahora entra en escena la Cámara del Crimen, quien dispondrá qué es lo que corresponde, si el criterio de Muñoz de seguir investigando, o el del fiscal Rivero de elevar la causa a juicio.
Mientras el concejal, y sus pares tanto oficialistas como oposición festejaron la resolución, en la causa Segre y Abasolo siguen con una imputación por uso de un documento adulterado, lo cual no es poca cosa. Estos indigestos criollitos ya le trajeron a más de uno, dolor y no precisamente de barriga. Sería lindo llegar a conocer quién “amasó” la factura, porque lo único que quedó claro es que a alguien se le fue la birome, y de acuerdo a lo expuesto por los distintos protagonistas, no son muchas las posibilidades de llegar a saber quién fue y qué responsabilidades tienen el funcionario y su secretaria.
El final abierto, puede brindarnos otra “perlita” adonde el resultado sea la nunca bien ponderada impunidad.
Causas de las explosiones en la Universidad
La Cámara Federal de Apelaciones que estuvo revisando las instalaciones de la Planta Piloto de la Universidad local, lugar en donde se produjera el desgraciado hecho, dictaminó que:
Quedan procesados por el delito de estrago culposo agravado por muerte de personas, en carácter de coautores:
Carlos Bortis : ex Vicedecano y ex Presidente de la Fundación UNRC.
José Luis Pincini : ex Secretario de Coordinación Técnica de la UNRC.
Sergio Antonelli: ex Secretario de Coordinación Técnica de Ingeniería.
Miriam Ferrari: ex Directora del Dpto. De Tecnología Química.
Edith Ducrós: ex Vice Directora del Dpto. De Tecnología Química.
Javier Boretti: empleado de la empresa De Smet.
Procesado por incumplimiento de los deberes de funcionario público, en carácter de autor, revocando la falta de mérito dispuesta por el juez Carlos Ochoa:
Diego Moitre ex Decano, se deja en claro que el procesamiento por incumplimiento de los deberes de funcionario público “no se le enrostra la omisión penal prevista en el artículo 248 del C.P. respecto de la tragedia derivada del proyecto que llevó adelante el Grupo GIDPO, sino por haber tenido conocimiento con bastante anterioridad de que no se cumplían las normas de seguridad en la Planta Piloto”.
Con pedido de investigaciones:
Liliana Ruetsch: integrante del grupo GIDPO, conducido por el fallecido Dr. Mattea a cargo de los trabajos que determinaron los hechos, y única sobreviviente.
Falta de mérito:
Aníbal Demarco. Gerente de Productos de la empresa De Smet SAIC
Falta de mérito:
Aníbal Demarco. Gerente de Productos de la empresa De Smet SAIC
Para conocer los caminos de la Justicia es interesante conocer los fundamentos del fallo de la Cámara
Uno por uno, qué dijo el presidente de la Cámara en su voto
Carlos Bortis - Ex vicedecano y ex presidente de la Fundación UNRC (procesado)
“De la suscripción de tales documentos por parte de Bortis puede colegirse su conocimiento del proyecto de investigación llevado adelante en la Planta Piloto por parte del Grupo GIDPO, tanto de su naturaleza cuanto de su alcance”.
“Dicho en otros términos, Bortis no podía ignorar que el proyecto implicaba la manipulación de una sustancia altamente volátil como el hexano y en un volumen muy por encima del empleado con habitualidad en el ámbito de la Planta Piloto, con los riesgos que ello podía traer aparejado”.
“Considero que tampoco podía desconocer los límites en materia de seguridad de la Planta Piloto, de cara a los requerimientos de la investigación en cuestión”.
“Considero que tampoco podía desconocer los límites en materia de seguridad de la Planta Piloto, de cara a los requerimientos de la investigación en cuestión”.
José Luis Pincini - Ex secretario de coordinación técnica de la UNRC - y Sergio Antonelli - Ex secretario de coordinación técnica de Ingeniería- (procesados) “Ambos fueron funcionarios a cargo del área con competencia específica en dicha materia de seguridad e higiene. En efecto, en su calidad de miembros de la Comisión de Higiene y Seguridad, Pincini y Antonelli tenían a su cargo el mandato activo y concreto de relevamiento de potenciales peligros y de disminución de tales riesgos”.
“Tuvieron la posibilidad de evitar el siniestro investigado: debían, en un plano general, velar por el cumplimiento de las normas estipuladas de la Ley de Higiene y Seguridad, así como debían, en un plano más concreto, ejecutar las funciones de inspección y adopción de medidas de prevención”.
Miriam Ferrari - Ex directora del Depto. de Tecnología Química - y Edith Ducrós - Ex vicedirectora del Departamento de Tecnología Química - (procesadas)
“Las actividades de investigación desarrolladas por el Grupo GIDPO debían contar necesariamente con la aprobación de las autoridades del Departamento”. “Existía una obligación que pesaba sobre ellas de supervisar las actividades del Grupo GIDPO, aspecto que cobra relevancia en la ponderación de la participación de las imputadas en el siniestro”. “Se encuentra debidamente acreditado en la causa el conocimiento de ambas respecto del tipo de proyecto que estaba llevando a cabo el GIDPO. Se halla probado, en particular, su conocimiento respecto del peligro que traía aparejado, por superar la escala de laboratorio”.
Aníbal Demarco - Gerente de Producto de la empresa De Smet SAIC (falta de mérito)
“Las tratativas tendientes a dicho convenio habían sido iniciadas en septiembre de 2007 por el director del equipo universitario, Dr. Miguel Ángel Mattea, y el gerente de Producto de la empresa, el imputado Aníbal Demarco”. “Al no haber tenido una participación activa en el desarrollo de la investigación, Demarco no pudo oponerse a las condiciones de ejecución del mentado proyecto, que -según lo visto- fueron establecidas en su totalidad por el director del GIDPO, a quien correspondía la conducción y control de la experiencia. Debo subrayar que tampoco se cuenta con elementos de convicción que indiquen que el encausado tuviera conocimiento de los inconvenientes y límites que presentaba la Planta”.
Javier Boretti - Empleado de la empresa De Smet y participante del experimento (procesado)
“En los hechos y más allá de lo acordado en los citados documentos, Boretti habría participado en la experiencia, a través de diversas intervenciones”.
“Asimismo, cabe apuntar que el hexano habría sido recibido en la Planta de la U.N.R.C. por Boretti, según lo muestra la documentación aportada por el apoderado de Aceitera General Deheza S.A.”.
“El imputado se habría puesto a disposición del GIDPO y habría colaborado en su ejecución, en especial en lo que atañe al levantamiento y acondicionamiento de las instalaciones necesarias para los ensayos”.
Liliana Ruetsch - Integrante del Gidpo y única sobreviviente de ese grupo (pedido de investigación)
“Tras revisar las circunstancias del suceso y determinar las participaciones penales de los imputados a la luz del conjunto de probanzas recopiladas en el proceso, surgiría -a mi juicio- la posibilidad de responsabilidad penal de la nombrada en el siniestro producido a colación de la experiencia con hexano que realizaba el Grupo GIDPO en la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería”.
“Tras revisar las circunstancias del suceso y determinar las participaciones penales de los imputados a la luz del conjunto de probanzas recopiladas en el proceso, surgiría -a mi juicio- la posibilidad de responsabilidad penal de la nombrada en el siniestro producido a colación de la experiencia con hexano que realizaba el Grupo GIDPO en la Planta Piloto de la Facultad de Ingeniería”.
CIUDADANOS AUTOCONVOCADOS DE RIO CUARTO
Fuente diario Puntal
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