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29 oct 2012

Derechos y deberes de los abuelos en la reforma del Código Civil

Los chicos tienen necesidades, para crecer bien, que superan las básicas y elementales como son entre otras, los alimentos, abrigo y vivienda. Se trata de la necesidad de amor y contención que le brinda la familia, y esta no solo esta formada por la pareja de progenitores, sino por un entorno más numeroso  que integran  especialmente los abuelos. Los adultos sabemos sobre todo a partir de nuestra propia experiencia, la importancia del rol que cumplen los abuelos y el soporte que representan en cuanto al apoyo que dan para la crianza de los chicos, tanto en su aspecto físico cuanto más en el emocional.

Los abuelos en su gran mayoría, asumen  los deberes  que derivan del vínculo  y lo hacen espontáneamente, cumpliendo el rol socialmente asignado con una profunda carga de afecto traducida en el cariño que les dan a los nietos, con un beneficio recíproco, tanto para el adulto mayor como para los niños. La doctora Adriana Martínez Bedini, especialista en familia, manifiesta: "Los abuelos tienen derechos y obligaciones, y entre esos derechos está tener una cotidiana relación con sus nietos, disfrutar y gratificarse del amor y el cariño mutuo. Los niños se sienten identificados con la presencia en sus vidas de un abuelo y eso hace a la formación integral, a la historia y al arraigo a la familia. El aporte que hacen los abuelos difiere positivamente del que recibirán de sus padres, pero es esencial para el futuro".(1) Cuando en épocas de alteraciones familiares se produce un resquebrajamiento de las relaciones en la pareja o con el entorno, los nietos y sus abuelos pueden quedar atrapados en un laberinto de difícil resolución, entonces así como las relaciones armoniosas benefician, por el contrario las hostilidades perturban también  y especialmente a quienes se encuentran en las etapas extremas de la vida, o sea abuelos y nietos.

Tal tema está contemplado en el Proyecto de de Código Civil y Comercial de la Nación que pretende ayudar a reforzar estas relaciones,  significa un avance en este sentido mediante la protección del vínculo entre nietos y abuelos, y un sistema de sanciones para quien se interponga o abuse de su condición de progenitor.

La doctora Nora Lloveras es titular de la Cátedra de Derecho Privado de la Universidad Nacional de Córdoba y formó parte de la comisión que colaboró en la redacción del nuevo Código Civil. Consultada  la doctora Lloveras  sobre la relación abuelos-nietos en la reforma del Código Civil, en síntesis, destacó la importancia del vínculo y el derecho recíproco de los abuelos de  ver a los nietos y de los nietos para ver a sus abuelos como piedra angular a contemplar en el Código. El audio  permite compartir sus expresiones. 
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CIUDADANOS AUTOCONVOCADOS DE RIO CUARTO

1   1  La Nación
2   2  Cadena 3

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