Cómo será el nuevo régimen "puerta a puerta" para compras en el exterior
Comprar una remera en un sitio Web norteamericano, un
accesorio para algún electrodoméstico en un comercio alemán o un
condimento indio en una página de Internet de gastronomía en el exterior
ya no será una tarea titánica. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
presentará en los próximos días el nuevo régimen para la importación y
exportación de mercaderías por parte de correos privados o couriers, que ofrecen el servicio "puerta a puerta". Y no sólo se ampliará el número máximo de envíos sino también el tipo de mercaderías que podrán adquirirse.
A diferencia del régimen anterior, sin embargo, habrá una mayor cantidad de mercaderías habilitadas, dado que según se desprende del artículo 2° del borrador, los envíos quedarán exceptuados de la previa intervención del Instituto Nacional de Alimentos -con lo cual se pueden ingresar alimentos, cosa que hasta ahora no se podía-; de la tramitación de licencias de importación automáticas -caso de los textiles o juguetes, por ejemplo- y del régimen de "Identificación de Mercaderías" (la estampilla verde que acompaña a los productos importados).
"En el texto nuevo -explicó una fuente al tanto del detalle de la norma- se exceptúa del cumplimiento del estampillado de importación. Antes, un celular no lo podías traer por courier, tampoco juguetes o textiles. Ahora sí", ilustró.
Según la fuente, "antes el régimen no servía para mucho", sólo si la persona o sociedad que compraba algo burlaba los controles. "Muchos productos ingresaban porque nadie los controlaba, pero no se podía. Ahora lo legitiman. Y es razonable porque con el límite de cantidades al año, y de cantidades por unidad, no te podés montar un negocio", explicó.
El borrador contempla un límite máximo de hasta cinco envíos por año, por persona. Antes se podían hacer dos o tres envíos, dependiendo de la vía de compra.
La AFIP establecerá además un régimen de información online. Quien compre algo en el exterior y se lo haga mandar a su domicilio deberá notificar electrónicamente la recepción de la mercadería dentro de los 30 días de recibida. "De no confirmar tal recepción, no le será posible recibir el envío hasta tanto se subsane o justifique la situación ante este organismo", advierte el texto del nuevo régimen. Las pautas para todo el procedimiento, de acuerdo con el artículo 6° del borrador, estarán además en el sitio web de la AFIP.
El nuevo régimen, aclara la norma, se aplicará también a todos aquellos envíos que a la fecha de entrada en vigencia de la norma, "aún no hayan sido librados a plaza".
La norma es específicamente para couriers o correos privados, que tienen el servicio de "puerta a puerta", como pueden ser DHL, Fedex o UPS, entre otros, pero no incluye los envíos que se realizan por Correo Argentino, que dependen de otro régimen aduanero. En ese caso, se mantienen las restricciones vigentes hasta ahora.
Consultados por LA NACION, en la AFIP no dieron detalles, pero confirmaron que la resolución con respecto a los couriers podría darse a conocer tan pronto como la semana próxima. En el proyecto vienen trabajando hace ya un tiempo en coordinación con el Ministerio de la Producción.
Los bienes que se compran y reciben vía courier no están exentos de impuestos. El comprador paga el 50% del valor declarado.
En los últimos años del kirchnerismo, ante la escasez de dólares, el Gobierno había eliminado prácticamente por completo todo el negocio de couriers, para evitar así una mayor fuga de divisas. Ahora, con esta nueva resolución, la idea sería reinstaurar un sistema que sirve para importar mercaderías puntuales, pero que por su volumen, no compiten comercialmente con la oferta local.
Fuente:La Nación 20.07.16
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